Producción

Una producción de Lucía Medina para Al final de la Tarde con Jordi.
Programa Nominado a Premios Gardo 2020, en Actualidad, Región Norte

martes, 20 de diciembre de 2016

#640 Al final de la tarde con Jordi

Reflexión del Día:


"Lo imposible solo tarda un poco más".

Efemérides del 20 de Diciembre:


Aconteceres de Impacto:

  • Presidente devuelve Código Penal por penalización aborto, "...las causales que propongo son verdaderas tragedias que escapan a la voluntad de la mujer; ninguna mujer quiere enfermar de gravedad durante el embarazo, tampoco ser violada, ni que la criatura que lleva en el vientre sufra malformaciones...".
  • Yeni Berenice dice no ha conocido la primera condena por aborto, La fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, dijo estar "totalmente de acuerdo" con las observaciones del Poder Ejecutivo al nuevo Código Penal y reveló que en 14 años que tiene en el Ministerio Público no ha conocido "la primera condena por aborto" en el país a pesar de estar prohibido.

Entrevista con Manuel Gómez sobre consejos para las PyMES en materia legal:


En la última sección del espacio radial, nos acompaña el abogado Manuel Gómez para brindarnos una serie de consejos en material legal sobre las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES). Antes de pasar a los consejos si te perdiste el pasado programa de Gómez, escúchalo aquí.
  1. Es muy importante tener una compañía debidamente constituida. Debido a que la informalidad prima en el parque laboral de nuestro país, esto no priva al empleado hacer una demanda al empleador por daños y prejuicios, independientemente si hay un contrato escrito o no. Si no se está debidamente constituido la demanda trasciende al patrimonio personal de empleador, de los contrario tiene como tope el patrimonio de la compañía. 
  2. Otro particular son las vacaciones. Las vacaciones son un descanso pagado. Si se le pagan, mas no se le otorga el descanso aun cuando el empleado halla firmado un consentimiento, esto no es válido porque los derechos laborales son irrenunciables mientras esté vigente el contrato.
  3. El período de prueba de tres meses, es otro mito, ya que, desde el día uno existe la posibilidad de un accidente laboral, por ende, hay que inscribirlo en la Seguridad Social. Además, la legislación actual no contempla dicho período.
  4. Cuando la empresa incursionará en la sesión hacia otro propietario, los derechos acumulados del empleado son transferibles.
  5. Es muy buena práctica buscar asesoría legal a la hora de la compra de una empresa, ya que, pueden existir procesos judiciales pendientes que recaerían sobre el nuevo propietario.
Escucha esta interesante entrevista con el abogado Manuel Gómez.

Escuchar el Programa Completo: